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CODIGO CIVIL: DEROGACIÓN DE UNA LEY
TÍTULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO CIVIL EL CÓDIGO CIVIL: DEROGACIÓN DE LA LEY
EL CÓDIGO CIVIL , regula la vida cotidiana de la persona, regula sus derechos, sus obligaciones, así como también las principales instituciones a las cuales se encuentra comprometido a lo largo de toda su vida, desde el momento de su concepción hasta incluso después de su muerte. Ello marca una trascendencia del Código Civil en la vida en sociedad, considerando de que es una norma que está presente a lo largo de toda la vida de las personas.
¿QUÉ ES UNA LEY?
Hemos de tomar de principio que una ley es una regla o norma jurídica que tiene carácter obligatorio, dichas leyes son dictadas por las autoridades competentes de cada territorio. Toda ley tiene la intención de permitir o prohibir a los individuos alguna acción, con la finalidad de regular sus conductas y así conseguir una vida armoniosa en sociedad. Las leyes al ser exigibles a toda la sociedad son de carácter coercitivo, esto quiere decir, que, en caso de cualquier incumplimiento, la fuerza pública tiene el deber y obligación de imponer una sanción a la persona o institución correspondiente. (Equipo Editorial, Etecé, 2021).
¿QUÉ ES LA DEROGACIÓN?
La derogación, según Trujillo (2020), “ [...] es el procedimiento por el cual se deja a una norma ya sea ley o reglamento sin vigencia, es decir, sin eficacia normativa” (párr 1). La Derogación es un pronunciamiento declarativo, equivalente a los efectos que tiene un acto jurídico nulo, es decir, sus normas derogadas se pueden aplicar a hechos y situaciones jurídicas pendientes de resolver que se hayan iniciado durante su vigencia como es el caso del Derecho Civil, Derecho Penal etc.
Ahora, teniendo presente estos conceptos esenciales, podemos hablar sobre el primer artículo del Título Preliminar del Código Civil, que trata de la derogación de la Ley.
La ley se deroga sólo por otra ley
La derogación se produce por declaración expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquella.
Por la derogación de una ley no recobran vigencia las que ella hubiere derogado.
El primer párrafo del artículo señala que la ley sólo se deroga por otra ley, claro está que, la nueva ley que entra a derogar a la ley existente, tendrá que ser de la misma materia.
Sin embargo, una ley no necesariamente deja de tener eficacia sólo cuando es derogada por otra. Según Vásquez, existen 4 casos para que lo antes mencionado suceda: cuando la ley cumplió su propósito, cuando tienen plazo de extinción, cuando su originalidad desaparece y cuando se deja sin vigencia por ser declarada inconstitucional. (Zapata, 2021, párr. 28).
El segundo párrafo del artículo continúa diciendo que la derogación se produce por declaración expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior, o cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquella. En esta parte del artículo nos habla sobre tres formas alternativas de derogación de las leyes o normas; la primera que es la derogación por declaración expresa, esto quiere decir que las nuevas normas legales que van a entrar en vigor hacen referencia explícita a las que van a ser derogadas. Las otras dos son formas de derogación tácita, y son trazadas de la siguiente manera:
1. Cuando hay incompatibilidad entre la nueva ley con la anterior
Esto se produce cuando el texto de la nueva ley se opone o contradice a la ley anterior. En estos casos se materializa una expresión en la publicación de las normas al señalarse: “déjense sin efecto todas las normas que contravengan la presente disposición”. (Zapata, 2021, párr.23).
Ruiz Serramalera establece que para saber si existe incompatibilidad, el intérprete tendrá que analizar la finalidad de las leyes anteriores y de la posterior, estableciendo algunos criterios a tener en cuenta, los cuales son: que exista igualdad de materias; igualdad de destinatarios; y que una y otra ley sean incompatibles entre sí. (Espinoza, 2015, p. 81)
La igualdad de materias se refiere a que ambas leyes traten una misma área del derecho, la igualdad de destinatarios supone que quienes se vean en la obligación de cumplir cualquiera de las dos normas en conflictos sea la sociedad y que una y otra ley sean incompatibles entre sí implica que entre dos normas tiene que escogerse una por no poder coexistir ambas en el ordenamiento jurídico.
2. Cuando la materia de la norma anterior es íntegramente regulada por la nueva
Esto se produce por la publicación de una ley respecto de otra anterior, cuya materia es íntegramente regulada por la nueva ley de tal forma que no pueden existir dos textos jurídicos de igual contenido. (Zapata, 2021, párr.24).
El tercer párrafo del artículo nos dice que por la derogación de una ley no recobran vigencia las que ella hubiere derogado.
Muchas veces sucede que una ley deroga leyes anteriores y establece nuevas normas de conducta. Cuando esta segunda ley es derogada, podría entenderse que no solo se derogaron sus mandatos de conducta sino también sus mandatos de derogación de normas anteriores, con lo que estás recobraron vigencia; lo cual es una percepción errónea; ya que, hacer una búsqueda y análisis detallado de todas las normas derogadas por aquella segunda ley, resultaría muy difícil; es sí que, el restablecimiento de leyes anteriores ya derogadas solo debe ocurrir si el legislador expresamente les devuelve vigencia. (Rubio Correa, 2008, p. 24)
Muy buena información explicada sobre el primer artículo del título preliminar expresada en la derogación de una ley, es vital reconocer conceptos sobre la ley y su misma derogación ya que ayuda a facilitar más la comprensión del lector en el momento de analizar sus explicaciones de cuando puede ejercerce una derogación.
Es una información idónea, precisa y se llega a la síntesis de la idea que se quiere compartir, me sirvió mucho, gracias 👌
ResponderBorrarBuena e interesante información orientada al derecho civil
ResponderBorrarExcelente información , el especificar este tema de gran importancia para lo amplio de las leyes dentro de nuestro Código Civil.
ResponderBorrarExcelente información, me tiene más informado del tema
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ResponderBorrarExcelente info
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ResponderBorrarMe parece una extraordinaria información , muy bien redactada ,incluso pude aclarar algunas dudas acerca de este tema y así mantenerme informada
ResponderBorrarMuy buena información me parece muy redactada.
ResponderBorrarMuy interesante la información
ResponderBorrarExcelente información, pues son temas muy relevantes. Te felicitooooo!!!!
ResponderBorrarInformación muy util, gracias por compartirla
ResponderBorrarExcelente información
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ResponderBorrarMuy buena información acerca de este tema tan importante como es la Derogación de una ley.
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